25 de enero de 2017

Actualización de cuotas de afiliación para 2017

En el Comité Confederal de CCOO del 19 y 20 de enero de 2016, se aprobó la creación de tramos de ingresos retributivos o prestaciones que determinarán la ubicación en los distintos tipos de cuotas.



CUOTA
2016
2017
SE APLICARA A
General
Ordinaria

11,50

12,00
Afiliados   con    retribuciones   brutas    superiores   a
21.339€/o (235% SMI)
General
Reducida

11,20

11,20
Afiliados con retribuciones y prestaciones brutas entre
12.260 a 21.338€/o (135%-235% SMI).

Especial

6,75

7,00
Afiliados  con  retribuciones,  ingresos  o  prestaciones
brutas de 5.113 a 12.259€/o

Súper
Reducida

2

2
Afiliados  que  no  perciban  ingresos,  retribuciones  o
prestaciones en cuantías brutas iguales o inferiores a
5.112 (RMI).

Súper
Reducida

2

2
Jóvenes  menores  de  30  años  en  busca  del  primer
empleo, y los jóvenes que llevan más de 6 meses en situación Simpatizante.

Simpatizante

2

0
Jóvene menore d 3 años.   Máxim  meses.
Derechos limitados.

Vinculado

0

0
Delegados/as  SIN  afiliar.  Podrán  utilizar  los  Servicios
Judicos  por  temas  relativos  a  su  condición  como delegado, nunca por asuntos particulares.
Exento
0
0
Exención durante un máximo de 12 meses.
Militante
15
15
Cuota voluntaria.


-  Los  jubilados  parciales,  mantendrán  la  cuota  que  tuvieran  asignada  antes  de  su jubilación.


NOTA: Para la cuota Especial, Super-reducida, Exento y Simpatizante habrá que aportar la documentación que justifique los ingresos percibidos o la falta de ellos.